En aplicación del artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local y en atención al objetivo de aglutinar, en un ente instrumental de la Generalitat, las potestades en materia de protección de la legalidad urbanística respecto de infracciones cometidas en suelo no urbanizable en el territorio de los municipios de la Comunidad Valenciana, y de permitir la integración de estos en este organismo mediante la delegación de sus competencias propias en esta materia, interesa a esta Corporación Local adherirse a la Agencia  Valenciana de Protección del Territorio, en virtud de la aprobación de este Acuerdo de Adhesión, de conformidad con lo establecido en los estatutos de este organismo, aprobado por Decreto del Consell.

Por todo lo anterior expuesto, el Pleno en sesión extraordinaria ha acordado:

1. La adhesión del ayuntamiento de Benferri  a la Agencia Valenciana de Protección del Territorio, de conformidad con lo que establecen los Estatutos del mencionado organismo, lo que supone:

a) Delegar la competencia exclusiva en la Agencia en materia de protección de la legalidad urbanística, sanción y restauración de la legalidad urbanística, respecto de infracciones urbanísticas graves o muy graves en suelo no urbanizable, común o protegido, de este municipio, que corresponda a edificaciones que se empiezan a construir a partir de la fecha de publicación de este acuerdo de adhesión.

b) Participar en las decisiones del mencionado organismo, a través de las vocalías de representación municipal del Consejo de Dirección.

c) Respetar este acuerdo de adhesión durante su vigencia.

d) Colaborar con la Agencia en el ejercicio efectivo de sus funciones.

Lo que comunico para general conocimiento de todos los vecinos.

 

Fdo.- El Alcalde. Luis Vicente Mateo.

 

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