DECRETOS DE AYUDAS DEL ESTADO Y LA GENERALITAT VALENCIANA:

 

Puedes descargar la documentación en los siguientes enlaces y se debe llevar la COPIA DEL D.N.I  en el momento de aportarla.

Decreto-de-ayudas-de-inicio-para-daños-producidos-por-el-temporal-publicado-en-el-DOGV (DESCARGAR)

. Modelo de domiciliación bancaria (DESCARGAR)

. Declaración responsable ( DESCARGAR)

Decreto-de-ayudas-directas-a-municipios-publicado-en-el-DOGV ( DESCARGAR)

Decreto-de-ayudas-pubicado-en-el-DOGV-Bienes-de-Primera-necesidad (DESCARGAR)

Decreto-de-Gota-fría-publicado-en-el-Boletín-Oficial-del-Estado (DESCARGAR)

 

Benferri solicita a SUMA la ampliación del segundo periodo de pago voluntario de impuestos a SUMA hasta el próximo 5 de noviembre.

 

 

DESCARGAR EL FORMULARIO DE RECLAMACIÓN DE DAÑOS POR RIADAS

El primer paso a realizar dar parte al seguro  para que se aperture expediente y seguir sus instrucciones, que pueden ser que el propio seguro se encargue de comunicar los daños al Consorcio o le indique al asegurado que tiene que comunicarlo él directamente rellenado el formulario.

MUY IMPORTANTE tener fotos y cualquier documentación que sirva de apoyo al siniestro declarado.

No existe un plazo para solicitar la indemnización al CCS, por lo que el CCS registrará y tramitará todas las solicitudes de indemnización que reciba. La solicitud puede realizarla el propio asegurado o, en su representación, su entidad aseguradora o el mediador (agente o corredor) de seguros, a través de:
− Teléfono gratuito 900 222 665
− Internet: www. consorseguros.es (con DNI o certificado electrónicos).
• Tampoco existe un límite al importe total a indemnizar por el CCS por estas inundaciones, por lo que la entidad abonará las indemnizaciones que correspondan de acuerdo con los seguros contratados por los asegurados afectados, incluso si el coste final superase significativamente las primeras estimaciones realizadas

Documentación necesaria para la reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros. Este organismo ha informado que para las personas afectadas por la Gota Fría en la Vega Baja no hay plazo para presentar la reclamación, con lo cual no es necesario presentar todo en los siete días posteriores al siniestro. 

  • Formulario de autorización a AECU para que se tramite la reclamación.
  • Condicionado particular de la póliza con valores actualizados.
  • Condicionado general de la póliza.
  • recibo de pago del seguro que cubra la fecha del siniestro y su adeudo bancario (justificante de que está pagado en el banco).
  • Datos bancarios para percibir la indemnización (extracto del número de cuenta corriente).
  • Fotocopia del DNI o CIF del asegurado/a.
  • Fotocopia de facturas o presupuestos si existen.
  • Listado de daños y fotografías que se tomaron en el día de la limpieza.
  • Para los titulares de hipotecas: Al formalizar la hipoteca de una vivienda, algunos bancos exigen que el asegurado, en las condiciones particulares de la póliza, incluya una cláusula hipotecaria consistente en que, en caso de siniestro, la indemnización por parte de la compañía de seguros se produzca a favor de la entidad concesionaria del préstamo. En este caso, al no proceder a indemnizar al banco sino al asegurado, es necesario que la entidad que figura en las condiciones de su seguro renuncie a percibir la indemnización, es decir, que ceda sus derechos a favor del asegurado para este siniestro. El asegurado debe solicitarlo en su oficina bancaria y se le aporta al Consorcio de Compensación de Seguros para poder finalizar el expediente y proceder al pago.

 

AYUDAS DEL GOBIERNO DE ESPAÑA

La concesión de ayudas o subvenciones, en atención a necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo y el Real Decreto 477/2007, de 13 de abril, con las condiciones y requisitos establecidos en dicha normativa.

Se entenderá por situación de emergencia el estado de necesidad sobrevenido a una comunidad de personas ante un grave e inminente riesgo colectivo excepcional, el cual, por su propio origen y carácter, resulta inevitable o imprevisible, y que deviene en situación de naturaleza catastrófica cuando, una vez actualizado el riesgo y producido el hecho causante, se alteran sustancialmente las condiciones de vida de esa colectividad y se producen graves daños que afectan a una pluralidad de personas y bienes.

NORMATIVA REGULADORA

Se adjunta el tríptico , dónde se resumen las ayudas disponibles.

ede electrónica del departamento.

 

 

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